sábado, 24 de mayo de 2008

LAS NORMATIVIDADES DEPORTIVAS ARGENTINAS II

INTRODUCCION.

En 1990 terminé mi primer proyecto de LEY NACIONAL DEL DEPORTE, la idea era poner en discusión el tema, pensando en la necesidad que tenía y tiene aún hoy, el deporte argentino de tener una normatividad adaptada a los tiempos actuales por un lado y por el otro dar a conocer qué aspectos deberían legislarse para completar un proyecto acorde a los problemas que están pasando las actividades físicas en general.
Sobre esta base deben analizarse las legislaciones sancionadas en este período.

LEY Nº 18247 DE FOMENTO Y DESARROLLO DEL DEPORTE.

Esta Ley surge en Noviembre de 1969, bajo la administración del “ Gobierno de la Revolución Argentina “ cuyo Prólogo admite haber iniciado “ una acción firme y positiva en favor del deporte argentino “.
Otros ítems especifican ser “ Punto de partida de una acción en la cual comunidad y gobierno, en sostenido esfuerzo, lo revitalizarán y le darán ordenamiento haciendo efectivo el propósito de que el deporte se constituya en eficaz instrumento para lograr la plenitud humana y el mayor bienestar social “.
“ La Secretaría de Estado de Promoción y Asistencia a la Comunidad, responsable del planeamiento que haga factible esas intenciones, considera de fundamental importancia dar a conocer conducta, lineamientos y objetivos a que ajustará la acción “.

Entrando específicamente en la Ley, se registra un título general y varios específicos, los cuales se detallarán textualmente a continuación, para luego proceder a su estudio :

CONDUCTA Y LINEAS DE ACCION INMEDIATA PARA DEFINIR UNA POLITICA DEPORTIVA.

PROPOSITO.

Establecer una política deportiva con ajuste a previsiones realistas. Para su concreción deben tenerse en cuenta los siguientes cometidos :
a) Dimensionar el fenómeno deportivo en el ámbito nacional;
b) considerarlo en términos éticos; y
c) definir los objetivos básicos, en el marco de la política nacional.
La realización del Censo Nacional y los resultados de su posterior procesamiento, constituirán el indicador inicial del proceso. La posterior consideración de los elementos de juicio, permitirá formular las bases que condicionarán la política deportiva dentro del marco de referencia de los grandes objetivos nacionales.
En el interín luego del cotejo y estudio de los antecedentes preexistentes, se enuncian la conducta y las líneas de acción inmediata que servirán de base al perfeccionado instrumento de posterior elaboración.

ACTITUD POLITICA.

En función de las necesiades y posibilidades potenciales de la Sociedad Argentina con relación al deporte, al Estado corresponde definir la política y ayudar a satisfacer su demanda. La acción del Gobierno se ejercerá : ORIENTANDO al desenvolvimiento del deporte, para que sea utilizado como bien de cada uno y de todos los miembros de la Sociedad Argentina; CONTROLANDO sus manifestaciones, para que no pierda los valores culturales y educativos de su contenido y FOMENTANDO su desarrollo, para que su práctica sea posible a todos los habitantes, durante toda la vida.

LINEAS DE ACCION.

1. Considerar al deporte como componente del acervo cultural del pueblo argentino.
2. Procurar que sus manifestaciones se constituyan en expresiones de una conducta tendiente al logro del bien común.
3. Motivar a todos los niveles de la vida social para la práctica “ activa” de los deportes.
4. Posibilitar el acceso de todos a las prácticas deportivas, acentuando el énfasis en la acción dirigida a los niveles sociales de menores recursos.
5. Coordinar la acción para obtener un resultado “óptimo” en la utilización de los recursos del país.
6. Otorgar el apoyo oficial, de manera que no sustituya el esfuerzo privado y se constituya en complemento del mismo.
7. Interesar a todos los responsables de la educación, para que incorporen al sistema educativo, los medios que tienden a crear hábitos deportivos en los niños y la juventud.
8. Establecer un orden de prioridades en la planificación y programación, a fin de que los medios de que se dispone, se otorguen conforme a las auténticas necesidades de la comunidad, a cuyo efecto deben ponderarse en los proyectos : a) la dimensión real de sus fundamentos; b) la valorización de las finalidades que satisface c) el alcance de sus beneficios.
9. A los fines de un mejor ordenamiento operativo, considerar como agencias de las formas deportivas : a la escuela -en todos sus niveles- del deporte colegial o estudiantil: al municipio, del deporte popular o recreativo y a los clubes o federaciones, del deporte organizado aficionado.
10.Hacer respetar la forma federal de gobierno, promoviendo a nivel provincial, la coordinación y evaluación de los intereses y demandas que provengan de sus respectivos ámbitos geográficos.
11.Ejercitar la indispensable fiscalización del Estado juntamente con el derecho natural de controlar el destino de los fondos que se otorguen, respetando la autonomía del gobierno de las instalaciones y su libre iniciativa.
12.Establecer una forma orgánica de asistencia para la consideración de ayuda financiera para las solicitudes de préstamos, subsidios y subvenciones que originan las instituciones privadas y oficiales.
13.Cumplimentar los objetivos fundamentales enunciados en la Ley 18247 con adecuación a la demanda de una sociedad en proceso de dinámica transformación.
14.Actuar subsidiariamente con provincias y municipios en la financiación de la infraestructura y aplicar el principio de la supletoriedad solo en situaciones definidas por una exigente calificación.
15.Crear un estado de conciencia de responsabilidad en deportistas y dirigentes, a nivel de la trascendencia social de deporte.
16.Difundir el mejor conocimiento de las destacadas posibilidades que ofrecen las actividades deportivas.
17.Promover la capacitación de los responsables de la enseñanza y conducción y la investigación de la fenomenología deportiva.

OBJETIVOS.

1.Incremento de la infraestructura deportiva del país.
Finalidad : Hacer efectiva la creación, mediante un racional planeamiento, de una infraestructura deportiva que satisfaga las necesidades del país.

1.1 Asistencia financiera y técnica a las instituciones oficiales y privadas.
Finalidad : Ayudar a la creación, mejoramiento y equipamiento de instalaciones para la práctica de los deportes.
Orbita : Organismos oficiales e instituciones privadas.

1.2 Creación de Centros Deportivos en los Municipios de la República.
Finalidad : Atender al deporte recreativo popular y de base.
Orbita : Municipio.

1.3 Creación de complejos polideportivos en cada capital de provincia o gran ciudad.
Finalidad : Atender al deporte organizado aficionado.
Orbita : Provincia.

1.4 Creación de complejos polideportivos para competencias de primer nivel.
Finalidad : Atender las expresiones deportivas que involucren la representación nacional.
Orbita : Nación.

2. Fomento de las competencias deportivas.
Finalidad : Estimular las expresiones deportivas de aficionados.

2.1 Promoción de las competencias deportivas de base.
Finalidad : Instituir, promover y apoyar la realización de torneos infantiles, juveniles y colegiales.
Orbita : Escuelas en todos sus niveles, municipios, provincias y nación.

2.2 Asistencia financiera a las expresiones del deporte federado.
Finalidad : Apoyar la realización de competencias deportivas nacionales.
Orbita : Federaciones deportivas.

2.3 Asistencia financiera a los compromisos del deporte argentino en el nivel internacional.
Finalidad : Apoyar las expresiones deportivas de representación nacional.
Orbita : Confederación Argentina de Deportes y Comité Olímpico Argentino.

3. Capacitación de docentes y técnicos deportivos.
Finalidad : Promover y asistir la formación de los agentes responsables de la enseñanza y conducción del deporte.
Orbita : Organismos municipales, provinciales y nacionales.

4. Investigación de la fenomenología deportiva.
Finalidad : Promover, asistir financieramente y auspiciar el estudio de los problemas científicos y técnicos del deporte.
Orbita : Organismos oficiales y privados.

5. Difusión de los valores del deporte y de su incidencia en el individuo y la sociedad.
Finalidad : Crear una conciencia deportiva nacional.
Orbita : La comunidad argentina.

TAREAS DE APOYO LOGISTICO-ADMINISTRATIVO DEL ORGANISMO DE APLICACION DE LA LEY.

1. Planeamiento integral de la promoción y asistencia para el desarrollo del deporte.
1.1 Censo Nacional de instalaciones deportivas.
1.2 registro de Instituciones deportivas.
1.3 Programas de aplicación inmediata.
1.4 Programas a largo plazo.

2. Normatización.
2.1 De la mecánica de acción del Organismo de Aplicación de la Ley.
2.2 De la institucionalización y de la relación de las entidades deportivas.

3. Fiscalización.
3.1 De las manifestaciones deportivas.
3.2 Del destino de los fondos otorgados.

Colabora Lic. Marcelo González. San Cristobal. Provincia de Santa Fé. Argentina

No hay comentarios:

Archivo del blog