The Olympic Charter is the codification of the Fundamental Principles, Rules and bye-laws adopted by the International Olympic Committee (IOC). It governs the organisation and running of the Olympic Movement and sets the conditions for the celebration of the Olympic Games. - IN FORCE AS FROM 7 JULY 2007
Disponible en
http://www.olympic.org/uk/utilities/reports/level2_uk.asp?HEAD2=26&HEAD1=10
lunes, 28 de abril de 2008
sábado, 26 de abril de 2008
Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte UNESCO
Carta Internacional de la Educación Física y el Deporte UNESCO
21 de noviembre de 1978
Artículo primero. La práctica de la educación física y el deporte es un derecho fundamental para todos ...
Artículo 2. La educación física y el deporte constituyen un elemento esencial de la educación permanente dentro del sistema global de educación ...
Artículo 3. Los programas de educación física y deporte deben responder a las necesidades individuales y sociales ...
Artículo 4. La enseñanza, el encuadramiento y la administración de la educación física y el deporte deben confiarse a un personal calificado ...
Artículo 5. Pura la educación física y el deporte son indispensables instalaciones y materiales adecuados ...
Artículo 6. La investigación y la evaluación son elementos indispensables del desarrollo de la educación física y el deporte ...
Artículo 7. La información y la documentación contribuyen a promover la educación física y el deporte ...
Artículo 8. Los medios de comunicación de masas deberían ejercer una influencia positiva en la educación física y el deporte ...
Artículo 9. Las instituciones nacionales desempeñan un papel primordial en la educación física y el deporte ...
Artículo 10. La cooperación internacional es una de las condiciones previas del desarrollo universal y equilibrado de la educación física y el deporte ...
Fecha de adopción
1978
fuente:
http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=13150&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
21 de noviembre de 1978
Artículo primero. La práctica de la educación física y el deporte es un derecho fundamental para todos ...
Artículo 2. La educación física y el deporte constituyen un elemento esencial de la educación permanente dentro del sistema global de educación ...
Artículo 3. Los programas de educación física y deporte deben responder a las necesidades individuales y sociales ...
Artículo 4. La enseñanza, el encuadramiento y la administración de la educación física y el deporte deben confiarse a un personal calificado ...
Artículo 5. Pura la educación física y el deporte son indispensables instalaciones y materiales adecuados ...
Artículo 6. La investigación y la evaluación son elementos indispensables del desarrollo de la educación física y el deporte ...
Artículo 7. La información y la documentación contribuyen a promover la educación física y el deporte ...
Artículo 8. Los medios de comunicación de masas deberían ejercer una influencia positiva en la educación física y el deporte ...
Artículo 9. Las instituciones nacionales desempeñan un papel primordial en la educación física y el deporte ...
Artículo 10. La cooperación internacional es una de las condiciones previas del desarrollo universal y equilibrado de la educación física y el deporte ...
Fecha de adopción
1978
fuente:
http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=13150&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
jueves, 24 de abril de 2008
Ley del deporte brasileño - 'Ley Pelé'
Presidência da República
Casa Civil
Subchefia para Assuntos Jurídicos
LEI Nº 9.615, DE 24 DE MARÇO DE 1998.
fuente: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L9615consol.htm
Casa Civil
Subchefia para Assuntos Jurídicos
LEI Nº 9.615, DE 24 DE MARÇO DE 1998.
fuente: http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/L9615consol.htm
Convención internacional contra el Dopaje en el Deporte 2005
Convención internacional contra el Dopaje en el Deporte 2005
Entrada en vigor : 1 de Febrero de 2007, conforme a lo dispuesto en su Artículo 37
fuente:
http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=31037&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
24.04.08 Alberto Puga (Brasil)
Entrada en vigor : 1 de Febrero de 2007, conforme a lo dispuesto en su Artículo 37
fuente:
http://portal.unesco.org/es/ev.php-URL_ID=31037&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
24.04.08 Alberto Puga (Brasil)
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