domingo, 28 de febrero de 2010

I CONGRESSO INTERNACIONAL DE ADVOGADOS DE LÍNGUA PORTUGUESA

I CONGRESSO INTERNACIONAL DE ADVOGADOS DE LÍNGUA PORTUGUESA
De 22 a 24 de março, acontece em Liboa (Portugal), o I Congresso Internacional de Advogados de Língua Portuguesa, promovido pela União dos Advogados de Lingua Portuguesa (UALP).

Segundo os organizadores, o Congresso reunirá advogados lusófonos de todo o mundo, tendo como tema central " Os Desafios da Advocacia de Língua Portuguesa no Mundo Sem Fronteiras". Outros painéis vão refletir sobre as prerrogativas dos advogados, sigilo profissional e inscrição obrigatória para o exercício profissional.

Inscrições e informações no site: http://www.oa.pt ou pelo telefone +351 21 8823550. E-mail ualp@oa.pt.

fonte http://www.oabsp.org.br/noticias/2010/02/25/5962

sábado, 27 de febrero de 2010

Codigo Brasileño Justicia Desportiva revisado. Seminario. Brasilia-Brasil

divulgación
http://www.foromercosurlatino.blogspot.com/
depto Legislación

Codigo Brasileño Justicia Deportiva revisado. Seminario
Brasilia, 24 y 25 de marzo de 2010
Conferencia Magna
Ordenamiento jusdeportivo international
Mino Auletta(Italia)
Presidente del TAS-CAS http://www.tas-cas.org

Organiza: Ministerio del Deporte de Brasil
http://www.esporte.gov.br

alberto puga
http://cev.org.br/qq/alberto-puga/

Master en Derecho Deportivo y un programa de Doctorado en Derecho Deportivo. INEFC Catalunya

divulgación
http://www.foromercosurlatino.blogspot.com/
depto Legislación

Adscrit a les universitats de Barcelona i Lleida

Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña (INEFC)- Universidad de Lleida en España, hace más de 15

años que venimos organizando, con la participación de otras Universidades españolas,

un Master en Derecho Deportivo y un programa de Doctorado en Derecho Deportivo, siendo

éste el único específico en toda Europa de estas características. En estos momentos

más de 200 juristas de toda Europa y de diversos países iberoamericanos han pasado por

nuestras aulas y han obtenido el título de Master en Derecho Deportivo.

Desde hace 3 años hemos convertido el programa docente que ya veníamos ofreciendo en

un Master Oficial reconocido por el Gobierno Español y por la Generalitat de Cataluña

siguiendo las directrices del Espacio Europeo de Educación Superior. En este Master

Oficial se ofrecen dos itinerarios distintos, uno profesionalizador dirigido al

ejercicio profesional y otro de investigación dirigido a los que estén interesados en

poder obtener el grado de Doctor.

Hasta la fecha presente nuestra oferta formativa estaba centrada exclusivamente en

unos módulos de formación desarrollados en la geografía española. Como en los últimos

años hemos tenido muchas solicitudes de personas interesadas del área

iberoamericana hemos re-organizado nuestra oferta docente y estamos en

disposición de comunicarle que en el próximo bienio académico (septiembre

2010- septiembre 2012) vamos a poner en marcha una edición del Master

Oficial en Derecho Deportivo pensada especialmente para las personas de

Iberoamérica.

Puede usted entrar en la página web de nuestro Máster

http://masters.inefc.es/dretesport y podrá comprobar la organización académica,

horarios, etc que proponemos adaptados a una oferta dirigida especialmente a las

personas interesadas de Iberoamérica.

Debe usted saber que nosotros somos una institución universitaria pública y en

consecuencia, el precio del Master es el que viene fijado por las normas de precios

públicos universitarios de nuestro país, lo que entendemos puede ser de una gran

ventaja para ustedes.

Nos permitimos comentarle que los plazos oficiales de pre-inscripción y

matrícula al Master son los que se señalan a continuación.

PRIMER PLAZO:

Preinscripción: Del 3 de mayo al 15 de junio

Resolución: 28 de junio

Publicación: 30 de junio

Matrícula: Del 7 al 13 de julio

SEGUNDO PLAZO:

Preinscripción: Abierta en función de plazas vacantes hasta el 30 de septiembre

Resolución: Fecha límite 8 de octubre

Publicación de la Resolución en la web: 11 de octubre

Matrícula: del 18 al 22 de octubre

Adscrit a les universitats

de Barcelona i Lleida

Somos conscientes que seguramente una de las principales dificultades para poder

cursar este Máster no esté tanto en el precio, ni en el modelo académico, sino en los

requisitos administrativos y documentales que exige el poder matricularse en un Master

Oficial en España del que se deriva una titulación oficial en Europa, por ello, si

usted estuviera interesado/a en poder cursar éste Master

sería muy importante que se pusiera en contacto urgente vía

mail con la Sra Neus Roca nroca@inefc.es para que le pudieran informar y si fuera el

caso, ayudar a empezar a tramitar toda la documentación administrativa que requiere el

estudiar un título de máster oficial en España (reconocimiento de títulos

universitarios, etc) que le resultará imprescindible para poder matricularse en el

Master.

Para cualquier otra consulta puede dirigirse directamente vía mail a la Sra. Andrea Martinez Funes amartinezfunes@gmail.com que es la coordinadora pedagógica de la

edición para Iberoamérica del Master en Derecho Deportivo que les responderá

gustosamente o a mi mismo andreu.camps@gencat.cat

Esperamos que nuestra comunicación pueda ser de su interés y, a su vez, le solicitamos

que si puede tener a bien difundir esta información entre aquellas personas que usted

conozca y que como usted pudieran estar interesadas en una formación académica

específica en derecho deportivo.

Andreu Camps

Director

lunes, 15 de febrero de 2010

Confirmado el orden del día del IFAB

Confirmado el orden del día del IFAB(FIFA.com) Viernes 12 de febrero
de 2010
El International Football Association Board (IFAB) celebrará su 124ª
Reunión general anual en la sede de la FIFA, en Zúrich, el sábado 6 de
marzo. El orden del día de la sesión, que estará presidida por la
FIFA, tal y como manda la tradición en los años de Copa Mundial,
incluye enmiendas propuestas a la Regla 1 (El terreno de juego) y la
Regla 5 (El árbitro) de las Reglas de Juego.

Entre los asuntos sometidos a discusión estarán las infracciones
merecedoras de expulsión, especialmente el hecho de malograr un gol o
una oportunidad manifiesta de gol, hacer amagos a la hora de ejecutar
un penal, la función del cuarto árbitro, un informe actualizado del
experimento en marcha con árbitros asistentes adicionales en la Liga
Europa de la UEFA, y un informe actualizado más un debate sobre las
últimas novedades sobre la tecnología de la línea de meta.


El orden del día completo de esta reunión, que comenzará a las 9.30 de
la mañana, puede descargarse pinchando en el enlace que encontrarás en
la columna de la derecha.


El IFAB:
Fundado en 1886, el IFAB está compuesto por la Asociación de Fútbol de
Inglaterra, la Asociación de Fútbol de Escocia, la Asociación de
Fútbol de Gales, la Asociación de Fútbol de Irlanda del Norte y la
FIFA, y ha velado históricamente por las Reglas de Juego. Cada
asociación británica tiene derecho a un voto, mientras que la FIFA,
que representa a las 204 asociaciones miembro restantes, dispone de
cuatro. Para aprobar una propuesta es necesario obtener el 75% de los
votos.
fuente
http://es.fifa.com/aboutfifa/federation/bodies/media/newsid=1169362.h...

Acuerdo entre el Chelsea y el Lens ratificado por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD). Addenda

Acuerdo entre el Chelsea y el Lens ratificado por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD)(FIFA.com) Viernes 5 de febrero de 2010

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) de Lausana, Suiza, ratificó ayer, 4 de febrero de 2010, mediante el llamado “Award by Consent” (adjudicación por consentimiento) el acuerdo de una disputa entre el club inglés Chelsea FC y el club francés Racing Club de Lens.

De esta manera se pone fin al recurso de apelación interpuesto ante el TAD, gremio arbitral que, mediante la adjudicación por consentimiento, aprobó y ratificó las condiciones del acuerdo alcanzado por los dos clubes y el jugador Gaël Kakuta, cuyo traspaso al club inglés había dado pie al litigio. La Cámara de Resolución de Disputas de la FIFA (CRD) había pronunciado el primer fallo que imponía al Chelsea Football Club la prohibición de fichar nuevos jugadores durante dos periodos de inscripción. Sin embargo, visto que la formulación del acuerdo (enlace al comunicado de prensa del TAD más adelante) cambia radicalmente los hechos expuestos en el momento en que la CRD adoptó su decisión, la FIFA no objetó que el TAD recurriera a la adjudicación por consentimiento considerando las nuevas circunstancias.

La FIFA alienta a los clubes a tratar de resolver sus disputas por la vía amistosa y no litigiosa. El sistema de resolución de disputas que ofrece el órgano rector de fútbol mundial sirve solamente como último recurso.

El comunicado de prensa del TAD se encuentra en el enlace de la derecha (en inglés).

fuente
http://es.fifa.com/aboutfifa/federation/administration/releases/newsid=1166522.html#acuerdo+entre+chelsea+lens+ratificado+tribunal+arbitraje+deportivo+tad

domingo, 7 de febrero de 2010

Deporte profesional y mercado laboral deportivo.Bilbao, Viernes 19 de Febrero de 2010

divulgacao CEVLEIS International
http://cev.org.br/comunidade/legislacao
Deporte profesional y mercado laboral deportivo
A los 25 años de
la promulgación
del RD 1006/1985
www.ehu.eu
Bilbao, Viernes 19 de Febrero de 2010
Presentacion
Si en el conjunto de actividades productivas la regulación del
mercado de trabajo es un elemento de gran importancia, en el caso
del deporte espectáculo es determinante, ya que, al menos en nuestro
entorno, el grueso de los recursos económicos de las entidades
deportivas se destina a compensar a los deportistas, desterrando
aquéllas cualquier ánimo lucrativo o de obtención de beneficios.
Desde hace 25 años, el Real Decreto 1006/1985 que regula la relación
laboral de los deportistas profesionales es la norma específica que
viene disciplinando este peculiar mercado de trabajo. Esta efeméride
bastaría por sí sola para abordar un balance de lo que ha representado
este Reglamento.
Sin embargo, al mencionado, se suman nuevos argumentos que
justifican abrir una detenida reflexión sobre las relaciones laborales
deportivas. Así, el aniversario llega en un contexto de especiales
dificultades para el conjunto del deporte espectáculo derivadas de
la coyuntura económica general.
Por otro lado, se han iniciado tareas legislativas en orden a la
promulgación de una Ley del Deporte Profesional que reordene el
sector. Se trata de un elemento más que justifica este debate, ya que
podemos encontrarnos en la antesala de importantes reformas que
afecten también a las relaciones laborales deportivas, eje central del
funcionamiento de esta industria.
Y finalmente, el hecho de que los días 18-21 de febrero se celebre
en Bilbao la Copa del Rey de Baloncesto, organizada por la Liga ACB,
ofrece un escenario más que propicio para que desde la perspectiva
del basket profesional se aborden las particularidades de su peculiar
mercado de trabajo, la influencia que ha tenido el RD 1006/1985
y su desarrollo a través de la negociación colectiva, la evolución
producida en sus relaciones laborales durante estos 25 años, los
efectos de la globalización, las consecuencias de la actual crisis o
las perspectivas de futuro.
Programa
Bilbao, Viernes 19 de Febrero de 2010
9.45 h. Bienvenida y Presentación
10.00h. Balance y propuestas para la reforma del RD 1006/1985 que
regula la relación laboral de los deportistas profesionales
Prof. Dr. Miguel Cardenal Carro, Catedrático de Derecho del Trabajo
y Seguridad Social de la Universidad de Extremadura. Director de
la Cátedra de Estudios e Investigación en Derecho Deportivo de la
Universidad Rey Juan Carlos.
10.30h. Globalización, extranjería y mercado de trabajo deportivo, 25
años de evolución: desde un mercado local restrictivo, ¿vamos hacia
un mercado liberalizado global?
D. Juan José Seoane Osa, Abogado Experto en Derecho Deportivo.
Presidente del Tribunal Vasco de Arbitraje Deportivo.
11.15h. Pausa
11.30h. El particular caso del basket: una industria, un mercado de
trabajo y un convenio colectivo peculiares durante estos 25 años.
Dña. Esther Queraltó Tolsau, Secretaria General y Asesora Jurídica de
la Asociación de Clubes de Baloncesto (ACB).
12.00h Mesa Redonda: El Futuro del Deporte Profesional
Intervinientes: Xavier Jon Davalillo, Presidente Bizkaia Bilbao Basket;
Patxi Mutiloa, Director de Deportes del Gobierno Vasco y Koldo
Irurzun Ugalde, Profesor UPV/EHU, Director Kirolan-Observatorio de
Empleo Deportivo.
12.45h Clausura de la Jornada
Lugar de Celebración:
Salón de Actos de la Escuela Universitaria
de Estudios Empresariales de la UPV/EHU
Calle Elkano 21,Bilbao
Inscripciones:
Las inscripciones serán gratuitas con el límite de 100 plazas que serán
adjudicadas por orden de inscripción.
La fecha límite para realizar la solicitud (a la dirección
kirolan@kirolan.org) es el 17 febrero de 2010.
1 crédito de libre elección para estudiantes de la UPV/EHU
(complementando con un trabajo-resumen de la jornada)
Más información:
KIROLAN, Observatorio de Empleo Deportivo
Escuela Universitaria de Relaciones Laborales UPV/EHU
Campus de Leioa, Barrio Sarriena s/n, 48940 Leioa (Bizkaia)
Mail: kirolan@kirolan.org
Coordinador:
Koldo Irurzun Ugalde
Tfno. 946 013 121

jueves, 4 de febrero de 2010

La UCI estrena las sanciones económicas por dopaje

ÍÑIGO LANZALUCE, DANILO DI LUCA Y MAURIZIO BIONDO, LOS PRIMEROS DAMNIFICADOS

La UCI estrena las sanciones económicas por dopaje
El dinero que deberán pagar aquellos que sean sancionados con dos o más años será proporcional a sus ingresos de un año · Lo que esá por ver es cómo pagarán esa cantidad y si deberán hacerlo aquellos que no quieran volver a competir
ENRIQUE BERNAOLA 02/02/10 - 18:31

De acuerdo con nuevo reglamento de la UCI en la lucha contra el dopaje, que entró en vigor el 1 de enero de 2009, se han hecho públicas las sanciones económicas impuestas a los corredores que han sido suspendidos por su respectivas federaciones naciones durante la temporada pasada.

Según el artículo 326 de este nuevo reglamento, la multa que se le impondrá a todos los corredores dopados será correspondiente a sus ingresos anuales para todo aquel que haya sido suspendido para un período de dos o más años. En base a esto, se han conocido ya las primeras sanciones impuestas a los siguientes corredores:

- Maurizio Biondo (ITA): 13.750 €
- Iñigo Landaluze (ESP): 27.300 €
- Danilo Di Luca (ITA): 280.000 €

Todo el dinero que la UCI recaude gracias a estas sanciones será destinado a la Fundación antidopaje del ciclismo, lo que servirá para hacer más efectiva la lucha contra el dopaje.

Después de la firma del "Compromiso por un nuevo ciclismo" por parte de los corredores en 2007, la inclusión del artículo 326 constituye un elemento de disuasión y represión del dopaje

Sin embargo, lo que está por ver será el modo en que los ciclistas podrán pagar estas sanciones teniendo en cuenta que la suma, en algunos casos, puede ser muy elevada (como es el caso de Di Luca). Además, tampoco se conoce qué sucederá con aquellos corredores que no deseen volver a la competición y decidan colgar la bicicleta (es el caso de Landaluze).
fuente
http://www.marca.com/2010/02/02/ciclismo/1265131871.html

El CONI suspende dos años a Danilo di Luca por dopaje

fue condenado además a pagar una multa de 280.000 euros

El CONI suspende dos años a Danilo di Luca por dopaje
Di Luca, tras conocer la decisión del CONI, manifestó que recurrirá la
decisión ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), al tiempo que
afirmó que "aún queda mucho por luchar" y que permanece "confiado".
EFE. Roma 01/02/10 - 16:53


El Tribunal Nacional Antidopaje, dependiente del Comité Olímpico
Italiano (CONI), sancionó con dos años de suspensión al ciclista
Danilo di Luca, que resultó positivo por CERA (eritropoietina de
última generación) durante el último Giro de Italia, en el que terminó
segundo.


El corredor fue condenado además a pagar una multa de 280.000 euros,
junto a los gastos de los análisis a los que se ha sometido, informó
el diario italiano La Gazzetta dello Sport, que precisó que los dos
años de inhabilitación finalizarán el 21 de julio de 2011.


Durante el último Giro de Italia, Di Luca dio positivo por CERA en dos
ocasiones, los días 20 y 28 de mayo
Di Luca, tras conocer la decisión del CONI, manifestó que recurrirá la
decisión ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), al tiempo que
afirmó que "aún queda mucho por luchar" y que permanece "confiado".


Con su decisión, el Tribunal Antidopaje del CONI reduce en un año la
pena solicitada por la Fiscalía, que el pasado 17 de noviembre pidió
tres años de inhabilitación para el ciclista italiano.


El CONI señaló entonces que, aunque la inhabilitación mínima impuesta
en este tipo de casos por el Código Antidopaje de la Agencia Mundial
Antidopaje (AMA) es de dos años, Di Luca se enfrentaba a una sanción
de tres años por reincidencia.


Reincidente
El ganador del Giro de 2007 ya fue suspendido durante tres meses por
el CONI en octubre de ese mismo año por su vinculación con el doctor
Carlo Santuccione, inmerso en la trama de dopaje denominada "Oil for
Drugs".


Durante el último Giro de Italia, Di Luca dio positivo por CERA en dos
ocasiones, los días 20 y 28 de mayo, cuando estaba siendo seguido por
los médicos de la Unión Ciclista Internacional (UCI), en base a las
sospechas que levantaban los datos recogidos en su pasaporte
biológico.


El italiano fue uno de los ciclistas destacados de la carrera,
imponiéndose en las etapas Padua-San Martino di Castrozza y Cuneo
Pinerolo, vistiendo la maglia rosa durante ocho días y finalizando a
sólo 41 segundos del ganador, el ruso Denis Menchov.
fuente:
http://www.marca.com/2010/02/01/ciclismo/1265039589.html