martes, 30 de diciembre de 2008

FIFPro: ‘Los controles fuera de competición en el fútbol son inaceptables’

24/12/2008

FIFPro: ‘Los controles fuera de competición en el fútbol son inaceptables’

La FIFPro no muestra la más mínima comprensión por el nuevo Código de la AMA, que entrará en vigor el 1 de enero de 2009. Especialmente el riguroso deber de facilitar diariamente el paradero del deportista, que a partir del próximo año también será aplicable a los futbolistas profesionales, es inaceptable para la Federación Internacional de Futbolistas Profesionales. La FIFPro solicita encarecidamente celebrar una reunión con la AMA, que hasta la fecha ha estado eludiendo el diálogo con los deportistas.
Estudios recientes de la FIFA demuestran que el dopaje es sólo un pequeño problema en el fútbol profesional. Cuando se eliminen las drogas sociales, dice la FIFPro, quedará reducido a un mero fenómeno marginal.
Las drogas sociales no contribuyen a mejorar las prestaciones deportivas, pero se han incluido en la lista de sustancias dopantes por consideraciones morales. Para luchar contra este problema marginal, la FIFPro opina ya que se han invertido recursos desproporcionados.
- controles semanales dentro de competición
- intrusión en el terreno físico, de la privacidad e integridad personal, con una protección limitada del deportista
- responsabilidad estricta: independientemente de la procedencia del producto o si se trata de una acción deliberada, el hecho de encontrar una sustancia prohibida conlleva sanciones
- las sanciones son muy elevadas y pueden poner en peligro la carrera deportiva
- incluso si la infracción se refiere únicamente a los requisitos de forma, podrán aplicarse estas sanciones
En los últimos años la FIFPro ha reiterado estas quejas. En el nuevo Código de la AMA, que entrará en vigor el próximo 1 de enero, se incluyen además controles fuera de competición, que suponen una intrusión aún mayor en la privacidad del deportista.
En adelante, los deportistas deberán facilitar su paradero diariamente, los 365 días del año, con la mayor exactitud posible. Durante 60 minutos al día el jugador debe incluso encontrarse en una ubicación previamente acordada para someterse al control antidopaje previsto. Si se producen tres controles fallidos en un período de 18 meses, el jugador será suspendido durante un mínimo de 1 año y un máximo de 2.
El experto en temas antidopaje de la FIFPro, Wil van Megen, dice: ‘Es curioso que estas reglas antidopaje también sean aplicadas por las autoridades nacionales, a pesar de que éstas se encuentran obligadas por numerosos acuerdos y legislaciones a la protección de la privacidad. En el derecho penal es indiscutible que esta protección corresponde a todos los sospechosos, con independencia del delito que se les pudiera imputar. Pero al parecer esto no es válido para los deportistas.’
Europa ha expresado preocupaciones similares sobre determinados aspectos del nuevo Código. En respuesta a las preocupaciones de los jugadores, el europarlamentario Emine Bozkurt ha sometido preguntas parlamentarias a la Comisión Europea y al Consejo, con el fin de conocer si determinados aspectos del nuevo Código de la AMA cumplen con la legislación europea. Las áreas de preocupación incluyen naturalmente el deber de informar sobre el paradero de los deportistas, que efectivamente impone a los deportistas de élite un toque de queda durante una hora al día, los 365 días del año, así como la base legal y la manipulación de datos personales.
El secretario general de la FIFPro, Theo van Seggelen ha dicho, ‘Al igual que todo el mundo, los deportistas profesionales están protegidos por las leyes laborales europeas y la legislación sobre derechos humanos. Es indudable que determinados aspectos del Código de la AMA interfieren con los derechos de los jugadores y nosotros hemos solicitado a la CE que decida si esto es lícito. Estamos comprometidos con un deporte libre de drogas y reiteramos nuestro llamamiento a la AMA para que negocie con las asociaciones de deportistas para crear una política antidopaje justa y efectiva.’
fuente:
http://www.fifpro.org/index.php?mod=one&id=16878&PHPSESSID=53b1d883052249239a132d1182df42f4

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